Seguros Personales Pensiones
Seguros personales – Pensiones
Planifica el momento de tu jubilación con Viovia Correduría de seguros.
A lo largo de toda nuestra vida laboral, vivimos con la incertidumbre de cuando llegue el momento de jubilarnos, si percibiremos la parte que nos merecemos de lo aportado al sistema público de pensiones, es un hecho la cuestionable sostenibilidad de las pensiones públicas tal como las conocemos; Este ya es un motivo más que suficiente para plantearse la contratación de una plan de pensiones y que te permita disfrutar de una cómoda y tranquila jubilación.
Los planes de pensiones son productos de ahorro/inversión, cuya finalidad es generar un capital a cobrar en el momento de la jubilación, esta herramienta de ahorro se contrata con el fin de complementar la pensión pública de jubilación obteniendo ventajas fiscales con las aportaciones realizadas.
Existen varios tipos de planes de pensiones, dependiendo de la edad y el perfil de la persona a participar en el plan, puede ser más arriesgado como el Plan de Pensiones Individual o conservador como el Plan de Previsión Asegurado (PPA).
Las aportaciones a planes de pensiones están limitadas por Ley siendo el conjunto de las aportaciones anuales máximas realizadas a un Plan de Pensiones, que puedan dar derecho a reducción de la base imponible general en la Declaración de IRPF no mayor a 8.000 € y para el cónyuge que no obtenga rendimientos de trabajo ni de actividad económica o los obtenga por debajo de 8.000 € anuales, podrá aportar un máximo de 2.500 € anuales con derecho de reducción de la base imponible
El plan de pensiones se puede rescatar en los siguientes supuestos regulados por la Ley:
- Jubilación cuando se accede a la jubilación o situación asimilable en el Régimen de la Seguridad Social que te corresponda.
- Fallecimiento del asegurado, que puede generar derecho a prestaciones de viudedad, orfandad o a favor de otros herederos o personas designadas
- Incapacidad permanente total para la profesión habitual, absoluta para todo trabajo y gran invalidez
- Paro de larga duración del beneficiario del plan, encontrándose en situación legal de desempleo
- Enfermedad grave, dependencia severa o gran dependencia del beneficiario del plan
- Supuestos excepcionales de liquidez
- Desde 1 de enero de 2015, podrán rescatarse aquellas aportaciones con una antigüedad mínima de 10 años (los primeros rescates podrán realizarse a partir de 1 de enero de 2025)
PPA – Plan de Previsión Asegurado
Adelántate a tu jubilación, el mejor momento para pensar en el mañana es hoy.
El Plan de Previsión Asegurado comúnmente llamado PPA, es un plan de ahorro seguro ya que tiene una rentabilidad mínima garantizada, esta matización es la principal diferencia con el Plan de Pensiones, a diferencia de las aportaciones que sí tienen la misma fiscalidad que estos.
En este plan se pueden hacer aportaciones periódicas o extraordinarias:
- Las aportaciones periódicas se efectuarán en los plazos (mensual, bimestral, trimestral, semestral, anual) que específicamente se convenga con el partícipe del plan.
- Las aportaciones extraordinarias son aquellas que el partícipe puede realizar a su voluntad, de forma única o en sucesivas veces a lo largo del año natural.
Todo Partícipe podrá, en cualquier momento, suspender sus aportaciones al plan de una forma transitoria o definitivamente, poniendo de manifiesto por escrito su voluntad de pasar a la situación en suspenso. El impago de la aportación podrá considerarse también como deseo de pasar a la situación en suspenso, si transcurrido un mes desde el vencimiento no se hubiera hecho efectiva. Todo Partícipe en suspenso podrá reanudar sus aportaciones, manifestándolo por escrito y suscribiendo nueva orden de domiciliación bancaria de recibos